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martes, 30 de agosto de 2011

Chaco: La salud pública antes que los intereses comerciales


Por primera vez, la máxima instancia judicial de una provincia se pronuncia respecto de la utilización de agrotóxicos. La sentencia obliga a no fumigar a menos de mil metros de viviendas, escuelas y cursos de agua.


Las fumigaciones llegaron, por primera vez, a un máximo tribunal provincial. Y la sentencia golpea al modelo agropecuario basado en el uso masivo de agroquímicos.

El Superior Tribunal de Justicia de Chaco confirmó una medida cautelar que fija límites inéditos para las fumigaciones: a mil metros de viviendas y escuelas, si son aspersiones terrestres, y a dos mil metros para las aéreas. El máximo tribunal chaqueño protegió, también por primera vez en esta instancia, los cursos de agua. Remarcó la vigencia del principio precautorio (ante la posibilidad de perjuicio ambiental irremediable es necesario tomar medidas protectoras), priorizó la salud por sobre la rentabilidad, llamó la atención sobre la responsabilidad de los funcionarios y exhortó a los municipios a dar respuesta urgente a la población. La decisión judicial apunta a emprendimientos arroceros que utilizan endosulfán y glifosato, ambos químicos de uso masivo en Argentina.


La Leonesa y Las Palmas son municipios que están a 60 kilómetros de Resistencia. Vecinos del barrio La Ralera denuncian desde hace nueve años el efecto sanitario de los agroquímicos utilizados en plantaciones de arroz que lindan con el barrio. Alertan sobre el incremento de casos de cáncer, las intoxicaciones y la contaminación del agua. Apuntan al glifosato, al endosulfán, al metamidofos, el picloran y el clopirifos, entre otros químicos usados también en los cultivos de soja. Señalan a las arroceras San Carlos SRL y Cancha Larga.

En enero de 2010 presentaron un recurso de amparo contra las arroceras, las municipalidades de La Leonesa y Las Palmas, el gobierno provincial y nacional. Solicitaron el cese de las fumigaciones y la relocalización de los arrozales. En primera y segunda instancia hubo fallos favorables a los vecinos. Habían fijado un precedente histórico para las fumigaciones: a mil metros de viviendas, escuelas y cursos de agua, si son terrestres; a dos mil metros si son aéreas.

Las arroceras y los municipios apelaron el fallo, en febrero pasado, ante el Superior Tribunal de Justicia de Chaco. Los jueces se expidieron el jueves en dos sentencias.

Las empresas habían solicitado la “inconstitucionalidad e inaplicabilidad” de la ley. Pidieron modificar la medida cautelar para reducir los límites de las fumigaciones y esgrimieron como argumento posibles perjuicios económicos.

Los jueces marcaron un criterio que golpea no sólo al modelo agropecuario sino a todo el modelo extractivo (minería, petróleo y forestales, entre otros). “El mayor mérito del principio de precaución consiste en haber logrado expresar la preocupación, muy difundida en los últimos años, de dar una mayor prioridad a la protección del medio ambiente y de la salud pública por encima de los intereses comerciales”, dice el fallo.

A las municipalidades de La Leonesa y Las Palmas se les había solicitado que efectuaran un informe detallado en cuanto a las medidas adoptadas en el tratamiento de los residuos contaminantes de las arroceras y que informen acerca del control, clasificación, reutilización o quema de basuras o desechos provenientes de los establecimientos cuestionados. Pero ambas comunas apelaron y el Superior Tribunal se expidió en la sentencia 313, con la firma del presidente de la Sala, Rolando Toledo, y de la jueza María Luisa Lucas.

Laura Mazzitelli fue una de las afectadas por las fumigaciones y estuvo entre las primeras en denunciarlas. Su hijo Iván padeció leucemia a los 2 años. Sufrió ocho meses de quimioterapia y dos años de tratamiento en el Hospital Garrahan. Una vez que el chico se recuperó, comenzó a organizarse junto a los vecinos para que ninguna otra familia padezca lo mismo.





Fuente: Pagina 12

lunes, 15 de agosto de 2011

Polémica por un agrotóxico


Organizaciones ambientales y campesinas denunciaron durante décadas los efectos nocivos del endosulfán, el insecticida más utilizado del país, empleado en plantaciones de soja, alfalfa, algodón, girasol, lino, maíz, tabaco y hortalizas.

La respuesta empresaria y gubernamental argumentaba que el agroquímico era usado en todo el mundo y aseguraba la falta de pruebas que probara la letalidad del producto.

La última semana, el Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (Senasa) prohibió la importación del agrotóxico a partir de julio de 2012 y determinó que no se podrá utilizar a partir de julio de 2013. Las organizaciones socioambientales exigen que la prohibición sea inmediata. Las empresas de agroquímicos también cuestionaron al Senasa por no ampliar el plazo de la utilización del producto. El endosulfán, junto al glifosato, ya tuvo sentencias firmes que limitan su uso.


Prohíbese a partir del 1º de julio de 2012 la importación del principio activo endosulfán y sus productos formulados (...) Prohíbese a partir del 1º de julio de 2013 la elaboración, formulación, comercialización y uso de los productos que contengan el principio activo endosulfán.” Así dice la resolución 511/2011, publicada el 5 de agosto último en el Boletín Oficial, con la firma del presidente del Senasa, Jorge Amaya.

La Red Nacional de Acción Ecologista (Renace) y la Red de Acción en Plaguicidas (Rapal), junto a otras organizaciones, denunciaron que “durante dos años más la población argentina deberá soportar la fumigación con este producto y sus residuos en los alimentos que lleva a su casa, para lo cual incluso se habilita su importación, cuando en otros 57 países ya están prohibidos y limitado su uso en otros 23”.

El Senasa había convocado, entre el 20 de abril y el 21 de junio pasado, a consulta pública respecto de un proyecto de resolución de prohibición del endosulfán. “La consulta pública tuvo 73 contribuciones, casi la totalidad reclama el retiro del mercado y la prohibición del uso inmediato (...) Las contribuciones no fueron siquiera nombradas en los considerandos de la resolución”, reclamaron las organizaciones.

El endosulfán es utilizado para combatir insectos en soja, alfalfa, algodón, girasol, lino, maíz, tabaco y hortalizas. Posee una clasificación química de organoclorado y actúa sobre insectos por contacto e ingestión, aunque con altas temperaturas puede actuar por inhalación. Es extremadamente tóxico para peces y de uso restringido en cercanías de cursos de agua, aunque (como con el resto de las fumigaciones) no existe control sobre su uso. En Argentina está catalogado como producto muy peligroso. Existe una larga bibliografía sobre los impactos en la salud del plaguicida: disrupciones endocrinas, mal de Parkinson y alteraciones en el sistema nervioso, entre otras. El Ministerio de Salud de Nación reconoció, en un informe escrito, que el químico tiene “propiedades carcinogénicas para los humanos”.

El investigador, docente de la Facultad de Agronomía de la UBA y coordinador de Rapal, Javier Souza Casadinho, precisa que en 1999 se comercializaron en Argentina 1,9 millón de litros. En 2003 trepó hasta 3,4 millones, en 2006 ascendió a 4,2 millones de litros y en 2010 se utilizaron 5,5 millones de litros. Recuerda que el problema de fondo es el modelo agropecuario actual, que se basa en el uso masivo de agroquímicos, y llamó a “estar atento” sobre qué reemplazo propondrá la industria química (se desconfía que el reemplazo sea más perjudicial que el producto prohibido). Con larga bibliografía y ejemplos de respaldo, remarcó la posibilidad de implementar opciones agroecológicas.

La resolución del Senasa tampoco conformó a la Cámara de Sanidad Agropecuaria y Fertilizantes (Casafe), que nuclea a empresas del sector. “No coincidimos con la restricción inmediata que proponen algunas organizaciones no gubernamentales y hubiéramos preferido que la resolución finalmente promulgada por el Senasa respetara el plazo de cinco años de eliminación progresiva que señala la última reunión del Convenio de Estocolmo”, señaló Juan Cruz Jaime, director ejecutivo de Casafe.

En abril pasado, la Quinta Reunión de la Conferencia de las Partes (COP5) del Convenio de Estocolmo (espacio internacional auspiciado por la Organización de Naciones Unidas que regula el tratamiento de sustancias tóxicas) decidió en un plenario con la presencia de 127 países que el endosulfán sea incluido en la lista de “contaminantes orgánicos persistentes” y solicitó que sea retirado del mercado en abril de 2012 por los “graves efectos” que produce en las personas.

El endosulfán fue creado en 1950, es el insecticida más vendido en Argentina y suele utilizarse con un agrotóxico de mayor prensa y similares cuestionamientos: el glifosato, pilar del cultivo de soja. La utilización de ambos ya tuvo fallos adversos de la Justicia. En febrero pasado, el Juzgado Civil, Comercial y Laboral 11 de Santa Fe dejó firme una sentencia que limitó su utilización en la localidad de San Jorge. La sentencia remarcó la existencia de la Ley General del Ambiente (25.675) y la aplicación del principio precautorio (ante la posibilidad de perjuicio ambiental irremediable, es necesario tomar medidas protectoras).




Fuente: Página 12

lunes, 8 de noviembre de 2010

La lucha de "Sol y Río de Pie"


En el departamento de Punilla (Córdoba), la Empresa Provincial de Energía de Córdoba (EPEC) está realizando obras para la instalación de una subestación transformadora de 132.000 voltios. Desde el comienzo de la construcción, los vecinos de la zona se autoconvocaron y comenzaron a organizar su resistencia, investigado las posibles enfermedades que el emprendimiento podría causar al medio ambiente y a las personas que lo habitan.


Reclaman el cese de la obra, además, denuncian la ilegalidad del proyecto, ya que no se realizaron los mecanismos formales como la audiencia pública, además de estar incumpliendo la normativa nacional de ambiente 25675 que está vigente.